Reglas

Introducción

La Cofradía de la Flagelación de Jesús fue constituida en Logroño, el día 14 de Marzo de1966, a impulso de un fervoroso grupo de fieles de la Parroquia de Santa Teresita con el entusiasta apoyo de su Párroco, su primer Prior, D. Andrés Calvo Marín. Siendo compuesta su primera Junta Rectora por: Hermano Mayor D. José Gómez Bódalo, Secretario D. Marcelo Busteros Pérez y Tesorero D. Francisco Oliver.

Desde el inicio fue su razón de ser, contribuir con su trabajo y ejemplo a promover la fervorosa participación de la feligresía de la Parroquia, en los misterios de la Pasión del Señor, con ejercicio catequizador fuera del templo y muy especialmente en la celebración dela Semana Santa.

Presentados sus Estatutos el día 8 de Octubre de 1970, fue decretada su creación canónica el día 17 de Diciembre de 1970, siendo firmados y rubricados sus estatutos originales por el Doctor D. Abilio del Campo y de la Bárcena, Obispo de Calahorra y la Calzada-Logroño, en la misma fecha.

TÍTULO I.- NATURALEZA

TÍTULO II: SEDE CANÓNICA Y SIGNOS DISTINTIVOS

TÍTULO III.- FINES

1) Fomentar el culto y la devoción a su Sagrado Titular, el Señor de la Flagelación.

2) Promover la asistencia a las procesiones de Semana Santa, su esplendor y la piedad de los cofrades y los fieles.

3) Buscar un estrechamiento cada vez más intenso de los vínculos de hermandad y caridad que deberán presidir las relaciones entre todos los hermanos cofrades, promoviendo en pro de este ideal toda clase de iniciativas.

4) Llevar a los hermanos por el camino de la perfección cristiana, con la mayor y más generosa dedicación a todo cuanto antecede.

5)Hacer trascender estos ideales a la feligresía de la Parroquia de Santa Teresita.

TÍTULO IV: MIEMBROS DE LA COFRADÍA

Derechos:

1) Tener voz y voto en la Asamblea General, tanto en ordinaria como extraordinaria.

2) Elegir y ser elegido miembro de la Junta directiva.

3) Recibir la formación religiosa y espiritual correspondiente a los fines de la Cofradía.

4) Recibir la ayuda que precise tanto material como moral de acuerdo con las posibilidades de la Cofradía.

5) Conocer adecuadamente el espíritu de la Cofradía, y de manera particular sus Reglas.

6) Poder participar en todas las actividades que promueva la Cofradía.

7) La aplicación de los sufragios correspondientes tras su fallecimiento.

8) Formar parte de las diferentes secciones que se puedan componer en la Cofradía (Portadores, Banda, etc...) siempre en cumplimiento de las normas propias por las que se rijan estas.

9) Recibir hábito, la medalla, distintivos y uniformes de sección que correspondan.

Deberes:

1) Participar activamente en la consecución de los fines de la Cofradía.

2) Participar en los cultos que celebre la Cofradía así como en las Asambleas Generales.

3) Participar habitualmente en las actividades que promueva la Cofradía, muy especialmente si son de carácter formativo, caritativo o apostólico.

4) Aceptar los cargos para los que sean elegidos, salvo razones objetivas de suficiente peso.

5) Aceptar las Reglas y las decisiones válidas adoptadas por la Asamblea General y la Junta de Gobierno.

6) Secundar y defender las directrices emanadas de la autoridad eclesiástica correspondiente.

7) Satisfacer las cuotas correspondientes y el precio estipulado para la adquisición del hábito, la medalla, distintivos y uniformes de sección que correspondan.

8) Conservar el hábito, distintivos y uniformes de sección en las debidas condiciones y usarlos exclusivamente en los actos que se determine.

Derechos:

1) Tener voz en la Asamblea General, tanto ordinaria como extraordinaria.

2) Recibir la formación religiosa y espiritual correspondiente a los fines de la Cofradía.

3) Recibir la ayuda que precise tanto material como moral de acuerdo con las posibilidades de la Cofradía.

4) Conocer adecuadamente el espíritu de la Cofradía, y de manera particular sus Reglas.

5) Poder participar en todas las actividades que promueva la Cofradía acordes a su edad.

6) La aplicación de los sufragios correspondientes tras su fallecimiento.

7) Formar parte de las diferentes secciones que se puedan componer en la Cofradía salvo en la de Portadores (Banda, Grupo Jóven, etc...) siempre en cumplimiento de las normas propias por las que se rijan estas.

8) Recibir el Hábito, la medalla, distintivos y uniformes de sección que correspondan.

Deberes:

1) Participar activamente en la consecución de los fines de la Cofradía.

2) Participar en los cultos que celebre la Cofradía así como en las Asambleas Generales.

3) Participar habitualmente en las actividades que promueva la Cofradía, muy especialmente si son de carácter formativo, caritativo o apostólico.

4) Aceptar las Reglas y las decisiones válidas adoptadas por la Asamblea General y la Junta de Gobierno.

5) Secundar y defender las directrices emanadas de la autoridad eclesiástica correspondiente.

6) Satisfacer las cuotas correspondientes y el precio estipulado para la adquisición del hábito, la medalla, distintivos y uniformes de sección que correspondan.

7) Conservar el hábito y distintivos de la Cofradía en las debidas condiciones y usarlos exclusivamente en los actos que se determine.

Derechos:

1) Tener voz en la Asamblea General, tanto ordinaria como extraordinaria.

2) Recibir la formación religiosa y espiritual correspondiente a los fines de la Cofradía.

3) Recibir la ayuda que precise tanto material como moral de acuerdo con las posibilidades de la Cofradía.

4) Conocer adecuadamente el espíritu de la Cofradía, y de manera particular sus Reglas.

5) Poder participar en todas las actividades que promueva la Cofradía, de acuerdo a su condición.

6) La aplicación de los sufragios correspondientes tras su fallecimiento.

7) Recibir la medalla o los distintivos que correspondan.

Deberes:

1) Aceptar las Reglas y las decisiones válidas adoptadas por la Asamblea General y la Junta de Gobierno.

2) Secundar y defender las directrices emanadas de la autoridad eclesiástica correspondiente.

3) Satisfacer las cuotas correspondientes y el precio estipulado para la adquisición de la medalla o los distintivos que correspondan a su condición.

4) Conservar los distintivos de la Cofradía en las debidas condiciones y usarlos exclusivamente en los actos que se determine.

TÍTULO V: ORGANOS DE GOBIERNO

I. LA ASAMBLEA GENERAL

1) Aprobar la memoria anual de actividades de la Cofradía, así como el proyecto de actividades del curso próximo (convocatoria Ordinaria).

2) Aprobar o censurar la gestión de la Junta de Gobierno o de cualquiera de sus cargos (a excepción del Prior) e incluso, dado el caso, acordar su cese (convocatoria Ordinaria o Extraordinaria).

3) Aprobar el estado de cuentas del ejercicio económico anual y los presupuestos ordinarios y extraordinarios (convocatoria Ordinaria).

4) Elegir el Hermano Mayor de la Cofradía así como a los miembros mínimos de la Junta de Gobierno (convocatoria Ordinaria).

5) Acordar el cambio de sede canónica de la Cofradía (convocatoria Ordinaria o Extraordinaria).

6) Decidir la expulsión de los miembros a tenor del art. 13 (convocatoria Extraordinaria).

7) Fijar el importe y la periodicidad de las cuotas ordinarias y extraordinarias (convocatoria Ordinaria o Extraordinaria).

8) Interpretar auténticamente las disposiciones de las Reglas (convocatoria Ordinaria o Extraordinaria).

9) Aprobar y proponer al Ordinario de la Diócesis el texto de las Reglas para su aprobación, si procede (convocatoria Extraordinaria).

10) Proponer al Sr. Obispo cualquier modificación de los Estatutos (convocatoria Extraordinaria).

11) Aprobar el Reglamento de Régimen Interno (convocatoria Extraordinaria).

12) Decretar la extinción de la Cofradía, salvo el derecho de la autoridad eclesiástica competente (convocatoria Extraordinaria).

13) Decidir sobre cualquier asunto importante para el gobierno y dirección de la Cofradía (convocatoria Ordinaria o Extraordinaria).

14) Otorgar títulos honoríficos (convocatoria Ordinaria o Extraordinaria).

15) Cualquier otra competencia (convocatoria Ordinaria o Extraordinaria).

Convocatoria y celebración

Asamblea General Extraordinaria

II. LA JUNTA DE GOBIERNO

1) Concretar y ejecutar los acuerdos de la Asamblea General, así como dar cuenta de todo ello a la misma.

2) Aplicar las Reglas.

3) Elaborar el orden del día de las sesiones de la Asamblea General.

4) Ejercer las competencias establecidas en el c.1280 para el Consejo de Asuntos Económicos.

5) Crear comisiones de estudio o de trabajo.

6) Instruir los expedientes sancionadores.

7) Todas aquellas otras contempladas en las Reglas o conferidas por la Asamblea General.

Cualquiera de los miembros de la Junta de Gobierno puede solicitar, haciendo constancia de ello por escrito, la inclusión de un punto concreto en el Orden del día.

Disposiciones comunes

III.ÓRGANOS PERSONALES

EL HERMANO MAYOR

1) De un modo muy particular, cumplir y hacer cumplir las Reglas y demás acuerdos vigentes de la Cofradía.

2) Convocar, presidir, dirigir y levantar las reuniones de la Asamblea General y la Junta de Gobierno.

3) Dirigir las votaciones y deshacer los empates con su voto de calidad.

4) Representar oficialmente a la Cofradía en todos aquellos actos que organice, o bien sea invitada.

5) Autorizar con su firma todo tipo de documentos, así como cualquier tipo de movimiento económico.

6) Comunicar al Señor Obispo los nombres de los miembros elegidos para componer la Junta de Gobierno así como proponerle, para su oportuna aprobación, cualquier tipo de enmienda a los presentes Estatutos y la extinción de la Cofradía, a los efectos oportunos.

7) Reponer o destituir a los miembros de su Junta de Gobierno.

8) Designar asesores de cualquiera de los órganos colegiados de la Cofradía.

9) Asumir las competencias que le pudiera otorgar la Asamblea General y, a su vez,delegarlas, lo mismo que las suyas, propias, en el Vice-Hermano Mayor o cualquier otro miembro de la Junta de Gobierno, siempre por escrito e indicando cuáles, en qué condiciones y por cuánto tiempo.

10) Todas aquellas otras que se puedan derivar de las Reglas.

11) Dar el visto bueno, si así lo considera, para la publicación de cualquier contenido referente a la Cofradía emitido desde esta, así como autorizar el uso de su marca.

EL VICE HERMANO MAYOR

EL SECRETARIO

1) Cursar, por orden del Hermano Mayor, las convocatorias para las sesiones de la Asamblea General y la Junta de Gobierno, y de todas aquellas otras reuniones que se dispongan.

2) Será el responsable del correcto funcionamiento de todos los medios de comunicación de la Cofradía.

3) Levantar acta de las reuniones de los órganos de Gobierno de la Cofradía, en donde figuren los temas tratados y los acuerdos tomados. Una vez aprobadas el acta de las reuniones de la Asamblea General, enviará copia al Secretariado de Hermandades y Cofradías.

4) Registrar y despachar la correspondencia; clasificar y archivar los documentos, a excepción de los económicos que se reservan al Tesorero durante cinco años.

5) Llevar al día los registros de altas y bajas de los hermanos pertenecientes a la Cofradía.

6) Redactar la memoria anual de actividades.

7) Expedir certificados, siempre con el visto bueno del Hermano Mayor.

8) Cualquier otra derivada de las Reglas o encomendada por el Hermano Mayor.

EL TESORERO

1) Administrar los bienes de la Cofradía de acuerdo con lo decidido por la Asamblea General y lo establecido por el derecho canónico.

2) Llevar al día la contabilidad así como el inventario de bienes de la Cofradía.

3) Controlar los ingresos y gastos de cualquier tipo.

4) Custodiar los documentos contables de los últimos cinco años.

5) Elaborar los presupuestos anuales de la Cofradía, así como los extraordinarios, caso de haberlos.

6) Preparar el estado de cuentas del ejercicio económico anual para su oportuna aprobación por parte de la Asamblea General y consiguiente envío al Administrador General del Obispado.

7) Recabar de los miembros de la Cofradía las cuantías fijadas por la Asamblea General.

8) Informar del movimiento y momento económico a la Asamblea General en las convocatorias ordinarias, salvaguardando la privacidad personal si la Junta de Gobierno lo estima conveniente.

9) Autorizar pagos o cobros a terceros con el consentimiento del Hermano Mayor.

EL MAYORDOMO

1) La perfecta conservación y la puesta a punto del “Paso”, propiedad de la Cofradía.

2) Organizar, a su criterio, la mejor distribución de los hermanos portadores.

3) Impondrá el orden adecuado entre los hermanos portadores, no solo en las procesiones, sino en cualquier acto en que la Cofradía se encuentre presente.

Disposiciones comunes

IV. ELECCIONES

Remoción de los cargos de la Junta de Gobierno

TÍTULO VI. EL PRIOR

TÍTULO VII. RÉGIMEN ECONÓMICO Y BIENES DE LA COFRADÍA

TÍTULO VIII: EXTINCION Y DISOLUCIÓN DE LA COFRADÍA

I. Los bienes muebles así como las existencias en entidades bancarias pasarán a ser propiedad de la Parroquia de Santa Teresita de la ciudad de Logroño. Quedando al criterio de su Consejo Parroquial su cristiana distribución, acorde siempre con sus necesidades y las de la feligresía a la que representa.

II. De los bienes restantes será única destinataria la Diócesis de Calahorra y la Calzada-Logroño.

III. Así mismo el Consejo Parroquial asumirá las prerrogativas en orden a la custodia y mantenimiento del Paso, así como su destino final.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

En los casos para los cuales no se haya establecido disposición alguna, la Asamblea General será soberana en orden a establecer la normativa que se ha de seguir, teniendo siempre en cuenta el espíritu de las Reglas y la Normativa Canónica. 

Una vez aprobados y ratificados los presentes Estatutos, entrarán en vigor, considerándose derogados los hasta ahora vigentes. 

Los presentes Estatutos fueron leídos, y aprobados en Asamblea General Extraordinaria de la Cofradía de La Flagelación de Jesús, realizada en su sede canónica (Parroquia de Santa Teresita de Logroño) el día Nueve de Noviembre de Dos Mil Diecinueve.

TÍTULO I.- NATURALEZA

TÍTULO II.- SEDES Y SIGNOS DISTINTIVOS

El estandarte:

a) Presidirá los actos organizados por la Cofradía.

b) Saldrá a la calle siempre que salga el Titular y en representación de la Cofradía en las ocasiones que determine la Junta de Gobierno, ubicándose en el lugar que proceda.

La medalla:

a) Se utilizará en actos oficiales, organizados o en los que participe la Cofradía, como complemento del hábito o de los diferentes uniformes oficiales que puedan existir (Procesiones, exaltaciones, conciertos).

b) En los actos que no requieran uniformidad, la medalla será distintivo de pertenencia a la Cofradía, utilizándose durante y únicamente cuando se participa activamente en el desarrollo de la actividad. (Misas, actos de Culto, Procesiones de Gloria).

c) Podrán existir diferentes variantes en el color de la medalla o del cordón, que identificarán a los hermanos que hayan sido distinguidos por la Asamblea General a propuesta de la Junta de Gobierno.

Enseres:

a) Serán expuestos y saldrán a la calle cuando disponga la Junta de Gobierno, ubicándose en el lugar que proceda.

b) Será responsabilidad de la Junta de Gobierno designar a la persona o personas responsables de su custodia y mantenimiento.

Prohibiciones:

a) Fumar, comer y beber con el hábito puesto.

b) Entrar en bares, lugares de ocio y similares con el hábito puesto.

c) Añadir cualquier complemento al hábito como por ejemplo gafas de sol, prendas de cabeza, pines, o similares.

Estas prohibiciones podrán ser omitidas en caso de autorización por parte del Hermano/a Mayor o la persona delegada en su momento.

NORMATIVA PARA LOS ACTOS DE LA COFRADÍA:

Código Ético:

a) Conducta respetable. El respeto de las normas, integridad, y responsabilidad son aspectos de injustificable incumplimiento. Del mismo modo la dignidad, la no discriminación y un comportamiento ético son clave para crear una saludable relación con todos los grupos de interés que permita instaurar vías de cooperación y desarrollo.

b) Los miembros de la Cofradía se regirán siempre por los valores de la organización: igualdad, respeto, compromiso, y responsabilidad. Actuarán en todo caso de acuerdo con la buena fe contractual y cumplirá con las leyes, normas y regulaciones.

c) Se evitarán aquellas actividades que entren en conflicto de interés con la organización y estará obligado a informar de cualquier conflicto a los responsables.

d) La base de una relación fructífera y satisfactoria parte del respeto a la dignidad de las personas, igualdad de oportunidades, del diálogo y de la inexistencia de comportamientos discriminatorios o despectivos. Un entorno grato y respetuoso es un derecho que tienen todos los miembros de la Cofradía.

e) No se tolerarán amenazas, actos de violencia o de intimidación de ningún tipo.Tampoco se admitirán comportamientos abusivos, vejatorios u ofensivos, tanto verbales como físicos, ni se permitirá ningún tipo de discriminación ni acoso por raza, sexo, edad,nacionalidad, religión u opinión en cualquier condición o circunstancia personal o grupal. Cualquier tipo de discriminación y tipo de acoso, son inaceptables en la Cofradía.

Procesiones penitenciales:

a) Se debe vestir el hábito completo con insignias correspondientes, salvo en los casosen los que la función que se desarrolle dentro de la misma no lo requiera (cetros,capataces, portadores por dentro, presidencia). Así como los hermanos que soliciten salirdescalzos al Hermano/a Mayor y este les autorice.b)Se debe exhibir una actitud ejemplar en todo momento, manteniendo el silencio yrecogimiento que exige la situación. En ningún caso se quitará nadie el hábito o parte deél. No se chillará, blasfemará, saludará o cualquier otra actitud que no sea acorde con elrespeto debido. No se podrá entregar ningún objeto a ninguna persona salvo losestipulados previamente por la Junta de Gobierno.c)Se debe ir de inicio a fin y durante los traslados en el sitio que se nos haya asignado.Salvo causa mayor, no debemos abandonar nuestro puesto hasta que nos lo indique elresponsable. Si por causa de fuerza mayor debemos abandonar la procesión, lo haremossaber previamente si es posible al responsable de la sección en la que desfilemos. Encaso contrario se lo comunicaremos a la persona más cercana, la cual se encargará deprestarnos ayuda y ponerlo en conocimiento del responsable. Una vez fuera, si es posiblenos quitaremos el hábito.d)Previamente a la procesión se deberá avisar al hermano/a responsable de la secciónde los posibles problemas de salud que se conozcan y puedan tener repercusión en lamisma.Secciones:a)Los responsables de cada sección, anualmente presentarán antes del inicio delejercicio su propia normativa ante la Junta de Gobierno. Dicha normativa, en ningún casoirá en contra del Derecho Canónico, la Normativa Diocesana, los Estatutos, ni el presenteReglamento de Régimen Interno. Una vez aprobada dicha normativa por la Junta deGobierno, se dará a conocer a los integrantes de la sección y a partir de ese momento seconsiderará anexa a este reglamento por un año de validez.Cualquier actitud que no sea la descrita será sancionada de acuerdo con el Capítulo V delpresente Reglamento de Régimen Interno.TÍTULO III.- FINES8.-La consecución de los fines estatutarios de la Cofradía es labor de todos sus miembros,para ello la Junta de Gobierno estará obligada a escuchar todas las propuestas y fomentar lasactividades y los actos que considere oportunas en los ámbitos culturales, caritativos, ociososy religiosos. Estos últimos contarán siempre con el visto bueno del Prior.-3-Cofradía de la Flagelación de Jesús–RÉGIMEN INTERNO

De momento, este documento estará únicamente disponible para miembros o aspirantes y se puede consultar en nuestra Casa de Hermandad o solicitar a través de correo electrónico en: secretaria@cofradiaflagelacion.com

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